Micelio

Artículo 262

Supresión, Alteración O Suposición Del Estado Civil

Decreto 100 de 1980 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 262. Supresión, alteración o suposición del estado civil. El que suprima o altere el estado civil de una persona, o haga inscribir en el registro civil a una persona que no existe, incurrirá en prisión de uno (1) a cinco años. CAPÍTULO CUARTO De los Delitos contra la Asistencia Alimentaría

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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