Micelio

Artículo 25

Anualmente, El Ministerio De Agricultura Practicara Un Análisis De Control De Los Productos Licenciados, A Consta De Los Interesados

Decreto 779 de 1967 · Por el cual se reglamenta el comercio, industria y empleo de plaguicidas, defoliantes y reguladores de las plantas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Anualmente, el Ministerio de Agricultura practicara un análisis de control de los productos licenciados, a consta de los interesados.

Parágrafo

El Ministerio de Agricultura, de oficio o a petición de los terceros, podrá ordenar la revisión de cualquier licencia vigentes y de los respectivos productos, sin pago de derechos, para efectos de determinar si el producto se ajusta a lo concedido en la licencia, y a las disposiciones legales sobre la materia. CAPITULO VI Salud Pública

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 779 de 1967