Micelio

Artículo 8

Decreto 1530 de 1957 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Superintendencia Nacional de Importaciones, se crean unos cargos, se fijan unas asignaciones y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. Los empleados de la Superintendencia de Importaciones serán afiliados forzosos de la Caja Nacional de Previsión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1530 de 1957