Control de Foco de la Peste Porcina Clásica . En caso de presentación de un foco de Peste Porcina Clásica, la Seccional correspondiente del ICA procederá a tomar las siguientes medidas
Decretar en cuarentena la explotación donde se detecten animales enfermos, y si se considera necesario, el área de riesgo.
Restringir el tránsito de vehículos, animales, porquinaza, o cualquier otro medio de difusión de la enfermedad en el área afectada y el área de riesgo.
Ordenar la desinfección rigurosa de las instalaciones, comederos, bebederos, y demás equipos e implementos que hayan entrado en contacto con los animales enfermos, con productos derivados de los fenoles, iodoforos, hipocloritos o amonio cuaternario.
Los animales muertos, incluidos fetos y mortinatos, deberán ser enterrados o incinerados dentro del predio afectado.
Recomendar la vacunación en el área focal y perifocal.
Demás procedimientos definidos en el manual para la atención y erradicación de focos de Peste Porcina Clásica.
El propietario o administrador del predio afectado está obligado a participar en todas las actividades señaladas para el control del foco de la enfermedad, y debe permitir las visitas necesarias y brindar toda la información solicitada por las autoridades del ICA o la autoridad sanitaria en quien este delegue. (Decreto número 930 de 2002, artículo 19)