Micelio

Artículo 2.13.6.2.19

Control De Foco De La Peste Porcina Clásica

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Control de Foco de la Peste Porcina Clásica . En caso de presentación de un foco de Peste Porcina Clásica, la Seccional correspondiente del ICA procederá a tomar las siguientes medidas

1.

Decretar en cuarentena la explotación donde se detecten animales enfermos, y si se considera necesario, el área de riesgo.

2.

Restringir el tránsito de vehículos, animales, porquinaza, o cualquier otro medio de difusión de la enfermedad en el área afectada y el área de riesgo.

3.

Ordenar la desinfección rigurosa de las instalaciones, comederos, bebederos, y demás equipos e implementos que hayan entrado en contacto con los animales enfermos, con productos derivados de los fenoles, iodoforos, hipocloritos o amonio cuaternario.

4.

Los animales muertos, incluidos fetos y mortinatos, deberán ser enterrados o incinerados dentro del predio afectado.

5.

Recomendar la vacunación en el área focal y perifocal.

6.

Demás procedimientos definidos en el manual para la atención y erradicación de focos de Peste Porcina Clásica.

Parágrafo

El propietario o administrador del predio afectado está obligado a participar en todas las actividades señaladas para el control del foco de la enfermedad, y debe permitir las visitas necesarias y brindar toda la información solicitada por las autoridades del ICA o la autoridad sanitaria en quien este delegue. (Decreto número 930 de 2002, artículo 19)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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