Micelio

Artículo 146

La Superintendencia De Notariado Y Registro Y El Fondo Nacional Del Notariado Prestarán Al Colegio De Notarios De Colombia La Asistencia Técnica Necesaria Para La Promoción De Estudios E Investigaciones Sobre Organización Y Funcionamiento De Los Servicios Notariales, Para El Fomento Del Estudio De Las Disciplinas Profesionales En Forma Directa Y En Coordinación Con Las Universidades Y, En General, Para El Mejoramiento Del Nivel Académico, Técnico Y Moral De Todos Sus Miembros

Decreto 2148 de 1983 · Por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 0960 y 2163 de 1970 y la Ley 29 de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Superintendencia de Notariado y Registro y el Fondo Nacional del Notariado prestarán al Colegio de Notarios de Colombia la asistencia técnica necesaria para la promoción de estudios e investigaciones sobre organización y funcionamiento de los servicios notariales, para el fomento del estudio de las disciplinas profesionales en forma directa y en coordinación con las universidades y, en general, para el mejoramiento del nivel académico, técnico y moral de todos sus miembros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2148 de 1983