Articulo único. De la partida de $ 600,000 apropiada en él artículo 295, capítulo 50, del Presupuesto de la actual vigencia, destínanse las siguientes sumas para auxiliar durante el presente año los Restaurantes Escolares de los Departamentos, así: Cauca $ 5,000 Santander del Sur 5,000 Magdalena 10,000. Huila 30,000 Boyacá 13.544 08 Cundinamarca. 27,000 Antioquia 70,000 Santander del Norte 5,000 Total $ 160,544 08 Las sumas anotadas se girarán por trimestres vencidos, por conducto de los administradores de, Hacienda a los respectivos Departamentos. Comuníquese y publíquese.
Decreto 999 de 1936 →Vigente
Artículo 295
, Capítulo 50, Del Presupuesto De La Actual Vigencia, Destínanse Las Siguientes Sumas Para Auxiliar Durante El Presente Año Los Restaurantes Escolares De Los Departamentos, Así: Cauca $ 5,000 Santander Del Sur 5,000 Magdalena 10,000
Decreto 999 de 1936 · Por el cual se destinan unas partidas para auxiliar los restaurantes escolares de los Departamentos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.