Reglamento interno. Los establecimientos educativos privados sin ánimo de lucro, autorizados por la Secretaría de Educación Departamental o Distrital de la respectiva jurisdicción, deberán adoptar un reglamento interno sobre el cobro del Bono de Derecho Escolar que formará parte integral del manual de convivencia. Dicho reglamento interno deberá necesariamente incorporar los criterios y reglas dispuestos en este decreto.
Decreto 2246 de 1997 →Vigente
Artículo 18
Reglamento Interno
Decreto 2246 de 1997 · por el cual se reglamenta el establecimiento de bonos por parte de las instituciones privadas de educación formal, sin ánimo de lucro, que se encuentren bajo el régimen controlado para el cobro de tarifas educativas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.