º La declaración municipal a que se refieren los artículos 19 de la Ley 182 de 1948 y 2º de la Ley 16 de 1985, se entenderá surtida cuando la oficina de planeación o de obras públicas metropolitana, distrital o municipal, o el funcionario que haga sus veces, expida la licencia de construcción, la reforma de la misma, o su equivalente, con indicación expresa de que el inmueble está destinado a propiedad horizontal.
Artículo 2
º La Declaración Municipal A Que Se Refieren Los Artículos 19 De La Ley 182 De 1948 Y 2º De La Ley 16 De 1985, Se Entenderá Surtida Cuando La Oficina De Planeación O De Obras Públicas Metropolitana, Distrital O Municipal, O El Funcionario Que Haga Sus Veces, Expida La Licencia De Construcción, La Reforma De La Misma, O Su Equivalente, Con Indicación Expresa De Que El Inmueble Está Destinado A Propiedad Horizontal
Decreto 1365 de 1986 · Por el cual se reglamentan las Leyes 182 de 1948 y 16 de 1985 sobre la propiedad horizontal
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.