Artículo noveno . El cumplimiento de los planes y programas del Departamento concierne a todas las Divisiones. Sin embargo la División de Estudios Económicos Globales tendrá la obligación de ejercer una supervisión de conjunto sobre el cumplimiento de dichos planes y programas, procurar el equilibrio entre los distintos sectores económicos, y efectuar las revisiones periódicas que sean necesarias. Estas funciones deberá ejecutarlas en estrecha colaboración con las demás Divisiones, y bajo la dirección y responsabilidad del Subjefe Coordinador del Departamento.
El Director de la División de Estudios Económicos Globales deberá ser un economista especializado en técnicas de Planeación.