Artículo primero. Integración . Créase el Consejo Directivo del Programa de Alimentación, Nutrición y Desarrollo Rural Integrado, PAN-DRI, que estará integrado de la siguiente forma
El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado.
El Ministro de Agricultura a su delegado.
El Ministro de Salud Pública o su delegado.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte o su delegado.
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado,
El Gerente General de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero o su delegado:
El Gerente del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, o su delegado.
El Gerente del Servicio nacional de Aprendizaje, SENA, o su delegado.
Un representante de los beneficiarios directos de "los programas, elegido por los representantes de tales beneficiarios en los Comités Departamentales, DRI.
Un representante de uno de los gremios que agrupan pequeños productores, designado por el Ministro de Agricultura.