Requerimientos adicionales del PGRDEPP. Cada uno de los sectores correspondientes a las actividades que trata la subsección 2 de la sección 1 del presente decreto, dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia, podrán establecer contenidos o requisitos adicionales al Plan frente a los componentes específicos que se requieran para la implementación efectiva de los procesos de gestión del riesgo de desastres.
Las entidades públicas y privadas responsables del Plan, contaran con un término de seis (6) meses para adoptar su respectivo Plan, prorrogable por una sola vez y por el mismo término.