Micelio

Artículo 20

Funcionarán En El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Los Siguientes Comités De Coordinación: A) Comité De Coordinación General, Integrado Por El Viceministro, El Secretario General Y Los Directores Generales

Decreto 2870 de 1968 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funcionarán en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes Comités de Coordinación

a)

Comité de Coordinación General, integrado por el Viceministro, el Secretario General y los Directores Generales.

b)

Comité de Coordinación de las Direcciones, integrado por el Director y los Jefes de sus respectivas dependencias.

c)

Los demás que establezcan el Viceministro y el Secretario General o los Jefes de las Direcciones y Divisiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2870 de 1968