En el citado convenio se estipula que de las cantidades netas que recaude el Banco por concepto de venta, esto es, deducidos los gastos de explotación y la comisión del Banco, este recibirá cada año la cantidad de un millón de pesos ($ 1000,000.00), que se aplicará al pago de intereses primeramente, y el saldo restante a la amortización de la deuda del Gobierno con el Banco por el llamado anticipo sobre salinas, suma que será deducida por el Banco antes de entregar el producto neto al Gobierno.
Ley 264 de 1938 →Vigente
Artículo 6
Ley 264 de 1938 · Por la cual se dan autorizaciones al Órgano Ejecutivo sobre rebaja de precio de venta de sales, sobre administración y explotación comercial de las salinas marítimas, y se decretan unos auxilios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.