Las farmacias de primera clase deben estar provistas de la Farmacopea del país, cuando exista, y mientras tanto, del Codees francés, de la Farmacopea inglesa o americana y de los libros de consulta necesarios.
Decreto 1099 de 1930 →Vigente
Artículo 43
Las Farmacias De Primera Clase Deben Estar Provistas De La Farmacopea Del País, Cuando Exista, Y Mientras Tanto, Del Codees Francés, De La Farmacopea Inglesa O Americana Y De Los Libros De Consulta Necesarios
Decreto 1099 de 1930 · Por el cual se reglamenta la Ley 35 de 1929, sobre ejercicio de las profesiones médicas y algunas otras
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.