Micelio

Artículo 41

Decreto 372 de 1996 · Por el cual se establece la estructura interna del Ministerio del Interior, se determinan sus funciones y se dictan disposiciones complementarias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Oficina de Publicaciones ejercerá, bajo la coordinación de la Secretaría General, las siguientes funciones para todas las dependencias del Ministerio del Interior

a)

Colaborar y asesorar a las diferentes dependencias del Ministerio en el diseño y diagramación de libros, revistas, periódicos, cartillas y demás material audiovisual requerido para el desarrollo de sus funciones;

b)

Realizar el levantamiento, edición y publicación de las formas impresas requeridas por el Ministerio;

c)

Responder por el uso adecuado de los equipos y material utilizado para el desarrollo de las actividades, así como del mantenimiento de los mismos;

d)

Colaborar con la Dirección Financiera y de Presupuesto en el cálculo de las partidas presupuestales para adquisición de equipos y materiales requeridos por la Oficina;

e)

Diseñar, preparar, editar y divulgar material impreso, como apoyo a las actividades del Ministerio y acorde con el plan estratégico;

f)

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

Parágrafo

El Ministro podrá convenir, con las entidades adscritas y vinculadas del Sector del Interior, la prestación de los servicios de la Oficina de Publicaciones. Subdirección de Recursos Humanos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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