Requisitos Especiales para las Cajas de Compensación Familiar. En relación con las Cajas de Compensación Familiar se aplicarán las siguientes reglas especiales, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos contenidos en el artículo 20 de este Decreto
La entidad debe organizar a la comunidad de usuarios para que participe en la gestión de la salud y el control de la prestación de los servicios; así como en el desarrollo de un proceso de recuperación y generación de conocimientos y prácticas que fundamenten la promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
La cobertura familiar, la atención integral y la prestación de servicios por parte de equipos interdisciplinarios ligados a la actividad comunitaria, son características del POSS que deberán acoger las Cajas de Compensación Familiar y las EPS en la ejecución de los planes.