Micelio

Artículo 2

Decreto 957 de 2005 · por el cual se suprimen unos cargos de la Planta de Personal del Instituto para el Desarrollo de la Democracia "Luis Carlos Galán", en Liquidación, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los empleados públicos de carrera administrativa que vienen prestando sus servicios en el Instituto para el Desarrollo de la Democracia "Luis Carlos Galán", en Liquidación, a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º del presente decreto y que no sean incorporados directamente en la planta del Ministerio de Educación Nacional en razón al cumplimiento del Plan de Protección Social de prepensionados de conformidad con las Leyes 790 de 2002 y 812 de 2003 y el Decreto 190 de 2003, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado en la Ley 443 de 1998 y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 1568 y demás normas vigentes sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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