Micelio

Artículo 21

Ley 24 de 1988 · Por la cual se reestructura el Ministerio de Educación Nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo Nacional de Prospectiva lo preside el Viceministro y de él forman parte:

a)

El Jefe de la Oficina de Planeación del Sector Educativo.

b)

El Secretario Pedagógico.

c)

El Jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales.

d)

El Director de Currículo.

e)

El Director de Desarrollo Pedagógico.

f)

El Director de Educación de Adultos.

g)

El Jefe de la División de Coordinación y Seguimiento Subsectorial.

h)

El Jefe de la División de Evaluación de Eficiencia Interna y de Gestión del Plan.

i)

El Subdirector de Planeación del ICFES.

j)

Un delegado de Colciencias.

Parágrafo

El Comité tendrá una Secretaría permanente, ubicada en la Oficina Sectorial de Planeación Educativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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