Micelio

Artículo 496

Cooperación Y Asistencia

Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cooperación y asistencia . La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá solicitar cooperación y asistencia al sector privado, ya sea suscribiendo o no convenios para la correcta aplicación de la regulación aduanera, el intercambio de información útil para asegurar la percepción de los derechos e impuestos a la importación y, en general, el control aduanero. Igualmente, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá prestar o requerir a otros países, o autoridades aduaneras, cooperación o asistencia mutua, de conformidad con las reglas previstas en los acuerdos o en memorandos, convenios u otros instrumentos en la materia. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales determinará la dependencia a través de la cual se desarrollarán estas funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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