°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y hasta el 31 de diciembre de 1998, fecha a partir de la cual regirá el nivel arancelario señalado en el Decreto 2317 de 1995.
Decreto 2207 de 1998 →Vigente
Artículo 5
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Hasta El 31 De Diciembre De 1998, Fecha A Partir De La Cual Regirá El Nivel Arancelario Señalado En El Decreto 2317 De 1995
Decreto 2207 de 1998 · por el cual se modifica transitoriamente un gravamen arancelario.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.