El Ministerio Queda Facultado Para Crear Y Reglamentar El Funcionamiento De Los Grupos De Trabajo, De Acuerdo Con Las Necesidades De Su Operación
Decreto 121 de 1976 · Por el cual se revisa la Organización Administrativa del Ministerio de Salud Pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Ministerio queda facultado para crear y reglamentar el funcionamiento de los grupos de trabajo, de acuerdo con las necesidades de su operación.
Parágrafo
La distribución del trabajo en los grupos que se creen y la asignación efe responsabilidades para el cumplimiento del mismo, se determinarán por la Dirección Superior. CAPITULO IV Unidades de Asesoría, Coordinación y Tratamiento de Asuntos Especiales. 1. De la Junta Nacional de Salud:
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.