Micelio

Artículo 3

Decreto 987 de 1978 · Por el cual se designa la delegación de Colombia a la 64 Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. La doctora Saturia Esguerra Portocarrero, Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, tendrá derecho a ciento veinte dólares (US$ 120) diarios por concepto de viáticos y el 20% del total de lo que le pueda corresponder por el mismo concepto, como gastos de representación. Los doctores Jairo Upegui Henao, Gilberto Echeverry Mejía y Jaime Toro Chica, tendrán derecho a ochenta dólares (US$ 80) diarios; la doctora, María José Castello de Campuzano, tendrá derecho a sesenta y cinco dólares (US$ 65) diarios; los señores Tulio Enrique Cuevas Romero, Jorge Carrillo, Manuel Felipe Hurtado, Víctor Baena y Apécides Alvis Fernández, de las condiciones dichas, tendrán derecho a sesenta dólares (US$ 60) diarios, y el señor Luis Gonzalo Duque, tendrá derecho a cincuenta dólares (US$ 50) diarios. Los doctores y señores mencionados en el presente artículo, tendrán derecho a pasajes de ida y regreso para el viaje en mención. .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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