º . Componente inflacionario de los costos y gastos financieros para contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios no obligados a aplicar el Sistema de Ajustes Integrales por Inflación . Para los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios no obligados a aplicar el Sistema de Ajustes Integrales por Inflación, no constituye costo ni deducción para el año gravable 2004, según lo señalado en los artículos 81 y 81-1 del Estatuto Tributario, el veintitrés punto treinta y ocho por ciento (23.38%) de los intereses y demás costos y gastos financieros en que haya incurrido durante el año o período gravable. Cuando se trate de ajustes por diferencia en cambio, y de costos y gastos financieros por concepto de deudas en moneda extranjera, no constituye costo ni deducción el ciento por ciento (100%) de los mismos, conforme a lo previsto en los artículos 81 y 81-1 del Estatuto Tributario. Disposición aplicable para el año gravable 2005
Decreto 520 de 2005 →Vigente
Artículo 4
Decreto 520 de 2005 · Por el cual se establecen los porcentajes de componente inflacionario no constitutivo de renta, ganancia ocasional, costo ni gasto, y el rendimiento mínimo anual de préstamos entre las sociedades y los socios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.