Funciones Comunes de los Despachos de los Superintendentes Delegados para Intermediarios de Valores, Fiduciarias y Pensiones. Son funciones comunes del Despacho del Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores, del Despacho del Superintendente Delegado para Fiduciarias y del Despacho del Superintendente Delegado para Pensiones, respecto de las entidades a su cargo, aquellas señaladas en el artículo 11.2.1.4.33. y en los numerales 10 a 13 del artículo 11.2.1.4.36. del presente decreto.
En los casos en que los artículos 11.2.1.4.33. y 11.2.1.4.36. se hagan referencia al Superintendente Delegado Adjunto para Intermediarios Financieros y Seguros, tal referencia se entenderá efectuada al Superintendente Delegado Adjunto para Mercado de Capitales.
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 11.2.1.4.43Funciones Comunes de los Superintendentes Delegados para Intermediarios de Valores y Otros Agentes, Fiduciarias y Pensiones. Son funciones comunes del Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y Otros Agentes, del Superintendente Delegado para Fiduciarias, y del Superintendente Delegado para Pensiones, respecto de las entidades a su cargo, aquellas señaladas en el artículo 11.2.1.4.33. del presente decreto.
En los casos en que el artículo 11.2.1.4.33. hace referencia al Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Intermediarios Financieros y Seguros, la referencia se entenderá efectuada al Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Emisores, Administradores de Activos e Intermediarios de Valores.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
Artículo 11.2.1.4.43Dirección Legal.
La Dirección Legal tiene las siguientes funciones:
Llevar el depósito de pólizas de seguros, el registro de reaseguradote, corredores de reaseguro del exterior y sus anexos.
Ejercer, dentro del ámbito de su competencia, las funciones previstas en los numerales 1 al 11 del artículo 11.2.1.4.39 del presente decreto.
3 Las demás funciones que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.