Micelio

Artículo 9

Ley 55 de 1985 · Por medio de la cual se dictan normas tendientes al ordenamiento de las finanzas del Estado y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La porción que se reasigna de los ingresos provenientes del impuesto al valor CIF de las importaciones destinado al Fondo de Promoción de Exportaciones, PROEXPO, se utilizará exclusivamente para el financiamiento de Certificados de Reembolso Tributario, CERT, y de otros estímulos a las exportaciones.

Parágrafo

A partir de la vigencia de la presente ley las importaciones que realicen las entidades públicas estarán sujetas al impuesto del 5% al valor CIF de las importaciones establecido por el Decreto 2366 de 1974 en favor de PROEXPO. De este gravamen sólo estarán exentas las importaciones previstas en los artículos 9° de la Ley 50 de 1984 y 53 de la presente ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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