Modifíquese el parágrafo 1° del artículo 3° de la Ley 1816 de 2016 . El nuevo texto es el siguiente:
°. El alcohol no potable, así como el alcohol potable producido por trapiches paneleros de economía campesina y/o centrales de mieles vírgenes, exclusivamente a partir de la caña, la panela o la miel, no serán objeto del monopolio al que se refiere esta ley.