°. Queda prohibido todo cercamiento de los playones o sabanas comunales que tienda a evitar el aprovechamiento de dichas tierras por todos los vecinos del lugar. En consecuencia, las autoridades municipales están, en la obligación de tomar las medidas del caso para lograr el exacto cumplimiento de esta disposición, pudiendo levantar las cercas que se construyan o que se hayan construido en contravención al espíritu de este Decreto.
Decreto 1963 de 1956 →Vigente
Artículo 3
Queda Prohibido Todo Cercamiento De Los Playones O Sabanas Comunales Que Tienda A Evitar El Aprovechamiento De Dichas Tierras Por Todos Los Vecinos Del Lugar
Decreto 1963 de 1956 · Por el cual se reservan unos terrenos baldios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.