Charreteras y caponas : los Capitanes, Tenientes y Subtenientes usarán cagonas de paño del color del distintivo del arma (rojo para la Artillería), con media luna de metal amarillo y galón de oro. Para los Oficiales superiores será de la misma forma, agregandoles canelón de plata o de níquel. Los Generales usarán las mismas charreteras de los Oficiales superiores, con canelón de oro, Los grados se marcarán en las charreteras con estréllas en la misma forma indicada para las presillas de hilo metálico.
Decreto 1040 de 1929 →Vigente
Artículo 14
Charreteras Y Caponas : Los Capitanes, Tenientes Y Subtenientes Usarán Cagonas De Paño Del Color Del Distintivo Del Arma (Rojo Para La Artillería), Con Media Luna De Metal Amarillo Y Galón De Oro
Decreto 1040 de 1929 · Por el cual se reglamenta el uniforme del Ejército Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.