º Corresponde al Ministerio de Educación Nacional, por medio de Resolución, establecer los mecanismos para fijar y aprobar las tarifas de los derechos de matrículas, pensiones, y otros costos educativos que pueden cobrar los establecimientos no oficiales en los niveles de educación pre-escolar, básica (primaria y secundaria), media vocacional y educación especial. CAPITULO II Del régimen de matrículas y pensiones. CAPITULO II. Del régimen de matrículas y pensiones.
Artículo 1
Corresponde Al Ministerio De Educación Nacional, Por Medio De Resolución, Establecer Los Mecanismos Para Fijar Y Aprobar Las Tarifas De Los Derechos De Matrículas, Pensiones, Y Otros Costos Educativos Que Pueden Cobrar Los Establecimientos No Oficiales En Los Niveles De Educación Pre-Escolar, Básica (Primaria Y Secundaria), Media Vocacional Y Educación Especial
Decreto 3486 de 1981 · Por el cual se establece el régimen de matrículas y pensiones, becas, Juntas Reguladoras de Matrículas y Pensiones y otras variables de costos en los establecimientos educativos no oficiales de los niveles pre-escolar, básica (primaria y secundaria), media vocacional y educación especial, y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.