Micelio

Artículo 20

Aporte De Los Recursos A La Prestación Del Servicio Público

Decreto 1493 de 2003 · por el cual se reglamenta el artículo 15 de la Ley 401 del 20 de agosto de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aporte de los recursos a la prestación del servicio público. Las entidades territoriales aportarán los recursos que le sean asignados del Fondo Especial Cuota de Fomento para la ejecución de los proyectos de infraestructura, así como los demás recursos de financiación del mismo a la Empresa de Servicios Públicos comprometida con el proyecto en los términos establecidos en el artículo 87.9 de la Ley 142 de 1994.

Parágrafo

Los bienes cofinanciados con los recursos de la cuota de fomento serán de propiedad de la respectiva Entidad Territorial y, por lo tanto, serán responsables de la calidad técnica de los mismos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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