º. PRECIO NORMAL. Se entiende por precio normal, el precio pagado o por pagar generado en una venta efectuada en condiciones de libre competencia, que equivalga al precio corriente de mercado, incluidos todos los gastos relacionados con su venta y entrega en el puerto o lugar de introducción al territorio nacional. No forman parte del precio normal, los derechos de aduana y demás gravámenes exigibles en el territorio nacional. CAPITULO II DETERMINACION DEL PRECIO NORMAL Sección 1a. ELEMENTOS DEL PRECIO NORMAL
Decreto 2178 de 1992 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 2178 de 1992 · Por el cual se dictan disposiciones relativas al valor aduanero de las mercancías
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.