Micelio

Artículo 4

Decreto 2487 de 1999 · por el cual se modifica el Decreto 2502 de 1998 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Las denominaciones señaladas en los niveles profesional, técnico y asistencial en el artículo anterior, regirán para el personal civil que presta sus servicios en el Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, sin perjuicio de lo establecido para estos servidores en los Decretos 1214 de 1990 y 62 de 1999.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2487 de 1999