Micelio

Artículo 4

La Remuneración Mínima Mensual Del Viceprocurador General De La Nación Será De Cuatro Millones Cuatrocientos Treinta Y Un Mil Seiscientos Treinta Y Ocho Pesos ($4

Decreto 849 de 2012 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleos del Ministerio Público y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La remuneración mínima mensual del Viceprocurador General de la Nación será de cuatro millones cuatrocientos treinta y un mil seiscientos treinta y ocho pesos ($4.431.638) moneda corriente. El sesenta y cuatro por ciento (64%) de esta remuneración tendrá el carácter de gastos de representación, únicamente para efectos fiscales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 849 de 2012