Micelio

Artículo 6

Ley 104 de 1922 · Sobre reformas judiciales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el sumario no se admiten debates. Si el funcionario de instrucción no decretare las diligencias que le soliciten las partes por creerlas inconducentes, su negativa no dará lugar a recurso, pero de todo ello dejara una constancia razonada en el proceso para los fines ulteriores aquí haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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