ARTICULO 69. La Subdirección de Control de Patologías tiene las siguientes funciones
Orientar la formulación de planes, programas y proyectos dirigidos a la prevención y control de patologías en el ámbito del Sistema de Salud, según las prioridades establecidas;
Proponer las políticas nacionales en materia de prevención y control de patologías prioritarias en concordancia con el Plan Nacional de Salud y con el Plan Nacional de Desarrollo;
Dirigir el diseño y velar por mantener actualizadas las normas para lograr la detección, diagnóstico precoz y atención oportuna de las enfermedades en los grupos vulnerables a nivel institucional, los distintos espacios sociales y en los relacionados a cada riesgo prioritario, así como pautas educativas para su control;
Dirigir el diseño de proyectos para el manejo integral de las principales patologías que sirvan de guía para los otros niveles del Sistema de Salud;
Coordinar la supervisión, control y evaluación de los planes, programas y proyectos a que hace mención la letra a);
Coordinar la vigilancia sobre el cumplimiento de las normas científicas y técnicas para el control de dichos riesgos;
Coordinar la asistencia técnica a los demás niveles del Sistema de Salud sobre prevención y control de los principales riesgos del país;
Coordinar actividades para la prevención y control de las patologías prioritarias con organismos del sector y otros sectores relacionados. División de Patologías Transmisibles.