°. Centro Regional de Monitoreo, Pronósticos y Alertas Hidrometeorológicas (CRMPA). En desarrollo del Decreto 150 de 2026 y como medida necesaria para conjurar y prevenir la extensión de los efectos derivados de la alteración extraordinaria de la dinámica hídrica en la cuenca del río Sinú, créase el Centro Regional de Monitoreo, Pronósticos y Alertas Hidrometeorológicas (CRMPA) en jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge (CVS). El CRMPA funcionará como una instancia técnica especializada para el fortalecimiento de la generación, captura, análisis, integración y difusión de información hidrometeorológica a escala regional y local, bajo la dirección de la CVS, con el apoyo técnico del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) y conforme a los lineamientos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Este centro tendrá dentro de sus objetivos proporcionar servicios de información para fortalecer el sistema de alertas tempranas, la prevención y adaptación de la región e incorporar los modelos de los que trata el artículo 5° para establecer el nivel de impacto y permanencia de las inundaciones.
Decreto 177 de 2026 →Vigente
Artículo 7
Centro Regional De Monitoreo, Pronósticos Y Alertas Hidrometeorológicas (Crmpa)
Decreto 177 de 2026 · por el cual se adoptan medidas en materia ambiental y desarrollo sostenible en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en parte del territorio nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.