Registro automático de las víctimas reconocidas en la decisión que acepta la legalización de cargos, En los casos en los que con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 1592 de 2012 se haya proferido una decisión de aceptación de legalización de cargos y en esta se haya reconocido la calidad de alguna víctima, la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas procederá a su registro automático sin valoración previa, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 48 del presente decreto y una vez hecha la entrega de la información prevista en el inciso 4° del artículo 3°. TÍTULO III REPARACIÓN INTEGRAL DE LAS VÍCTIMAS
Artículo 46
Registro Automático De Las Víctimas Reconocidas En La Decisión Que Acepta La Legalización De Cargos, En Los Casos En Los Que Con Anterioridad A La Entrada En Vigencia De La Ley 1592 De 2012 Se Haya Proferido Una Decisión De Aceptación De Legalización De Cargos Y En Esta Se Haya Reconocido La Calidad De Alguna Víctima, La Unidad Administrativa Especial Para La Atención Y Reparación Integral A Las Víctimas Procederá A Su Registro Automático Sin Valoración Previa, De Conformidad Con El Procedimiento Establecido En El Artículo 48 Del Presente Decreto Y Una Vez Hecha La Entrega De La Información Prevista En El Inciso 4° Del Artículo 3°
Decreto 3011 de 2013 · por el cual se reglamentan las Leyes 975 de 2005, 1448 de 2011 y 1592 de 2012.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.