Agregados Comerciales. El Gobierno integrado por los Ministerios de Relaciones Exteriores y Comercio Exterior, designará en el servicio exterior funcionarios especializados en el cargo de Agregado Comercial en calidad de empleados públicos de libre nombramiento y remoción, a las personas naturales que seleccione la Junta Asesora del Fideicomiso de Promoción de Exportaciones para integrar el personal de las oficinas de Proexport en el exterior. En el decreto de nombramiento se identificará la entidad u organismo que sufragará los gastos que se deriven de la designación, la obligación de cumplir las funciones y deberes inherentes a su condición de funcionarios del Servicio Exterior, así como la categoría diplomática a la cual se asimile dicho nombramiento. Las personas designadas como agregados serán acreditados ante las autoridades competentes del respectivo país.
Decreto 1159 de 1999 →Inexequible
Artículo 53
Decreto 1159 de 1999 · por el cual se fusiona el Instituto Colombiano de Comercio Exterior, INCOMEX, con el Ministerio de Comercio Exterior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.