Micelio

Artículo 1

º

Decreto 2804 de 1994 · por el cual se reajustan unos valores absolutos del Impuesto de Timbre Nacional no administrativo por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el año gravable de 1995 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A partir del 1º de enero de 1995, el valor absoluto aplicable en el impuesto de timbre a que se refiere el numeral 3 del artículo 14 de la Ley 2º de 1976, por salida al exterior de nacionales y extranjeros residentes en el país, será de quince mil pesos ($15.000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2804 de 1994