Los Ministerios que adelantes directa o indirectamente programas de inversión, tendrán un comité de Planeación, que se reunirá por lo menos una vez al mes, estará integrado por el Ministro, quien lo presidirá, y por el Director, el Jefe de la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación, y un representante del Consejo Nacional de Política Económica y Planeación.
Artículo 24
Los Ministerios Que Adelantes Directa O Indirectamente Programas De Inversión, Tendrán Un Comité De Planeación, Que Se Reunirá Por Lo Menos Una Vez Al Mes, Estará Integrado Por El Ministro, Quien Lo Presidirá, Y Por El Director, El Jefe De La Oficina De Planeamiento, Coordinación Y Evaluación, Y Un Representante Del Consejo Nacional De Política Económica Y Planeación
Decreto 550 de 1960 · Por el cual se adoptan normas generales para la reorganización y funcionamiento de la Presidencia de la República, de los Ministerios y de los Departamentos Administrativos
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.