Micelio

Artículo 5

El/La Directora(A) De La Unidad Nacional De Protección (Unp) Reglamentará El Mecanismo Extraordinario De Emergencia Y Lo Pertinente A La Aplicación Efectiva Del Presente Decreto, Mediante Protocolos Y/O Procedimientos

Decreto 137 de 2025 · "Por medio del cual se adoptan medidas extraordinarias e integrales de protección para personas, grupos y comunidades afectadas por las graves violaciones a los derechos humanos y DIH, ocasionados por los grupos armados organizados y otros actores violentos, que originó la declaración del estado de conmoción interior en el área de influencia geográfica definida en el Decreto 0062 de 2025"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El/la directora(a) de la Unidad Nacional de Protección (UNP) reglamentará el Mecanismo Extraordinario de Emergencia y lo pertinente a la aplicación efectiva del presente decreto, mediante protocolos y/o procedimientos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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