Articulo 1° Con base en la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000) moneda corriente, proveniente de la cancelación de depósitos impuestos en la Tesorería General de la República, y de reservas especiales en el balance nacional para atender al pago de diferencias de cambio en moneda extranjera, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto vigente: DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA CAPITULO 110. Personal y material de Contabilidad y Fiscalización. Articulo 2498. Para sueldos del personal de Contabilidad de la Contraloría General de la República y sus dependencias, en el año, y para gastos de representación del Contralor General de la República, a $ 500 mensuales $ 100.000.00 Articulo 2499. Para útiles de escritorio, equipo de oficinas, mobiliario, equipo mecánico, gastos de reparación y conservación de los mismos, servicio telefónico, formularios, publicaciones y demás gastos que requieran la Contabilidad y Fiscalización, y para el pago de saldos anteriores a esta vigencia 16.200.00 Articulo 2500. Para viáticos y transportes de Visitadores, Inspectores y demás empleados de Contabilidad y Fiscalización que salgan en comisión del servicio o que hayan de trasladarse de un lugar a otro 43.800. 00 CAPITULO 111. Personal y material de estadística. Articulo 2501. Para sueldos del personal de la Dirección y demás oficinas de Estadística Nacional $ 85.000.00 Artículo 2503. Para Geografías Económicas 18.000.00 Articulo 2504. Para publicaciones del Censo Industrial 5.000.00 Articulo 2505. Para viáticos y transportes de Visitadores y empleados de Estadística, que salgan en comisión del servicio o que hayan de trasladarse de un lugar a otro 10.000.00 CAPITULO 112. Gastos varios. Artículo 2506. Para entregar a la Junta de Seguros y Previsión Social de los empleados de la Contraloría, con destino al pago de auxilios de cesantías, pensión vitalicia y jubilación, pensión de invalidez, seguro de vida, auxilio por enfermedad no profesional (Leyes 86 de 1923 y 6 a de 1945), asistencia médica, farmacéutica, quirúrgica, hospitalaria y odontológica, gastos de entierro (Ley 6 a de 1945), y pago de sueldos de maternidad (Leyes 53 y 197 de 1938). La Junta de Provisión Social en la Contraloría, de acuerdo con el artículo 21 de la Ley 6 a de 1945, se ha hecho cargo de las prestaciones decretadas en dicha Ley para los empleados de esta dependencia 20.000.00 Articulo 2507. Para el pago de vacaciones no disfrutadas, v en caso de cesantía (Ley 72 de 1931 y Decreto 1054 de 1938) 10.000.00 Total $ 300.000.00
Decreto 760 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Con Base En La Suma De Trescientos Mil Pesos ($ 300
Decreto 760 de 1947 · por el cual se abren unos créditos al Presupuesto vigente (Departamento de Contraloría).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.