La Comisión Nacional de Disciplina Judicial ejerce la función Jurisdiccional disciplinaria sobre los funcionarios y empleados de la Rama Judicial, y será la encargada de examinar la conducta y sancionar a los abogados en ejercicio de su profesión en la instancia que señala la presente Ley. Está conformada por siete magistrados, elegidos por el Congreso en pleno, cuatro de ternas enviadas por el Consejo Superior de la Judicatura y tres de ternas enviadas por el Presidente de la República, conforme lo prevé la Constitución Política.
En la conformación de cada terna se incluirá, por lo menos, a una mujer, según lo dispone el artículo 6 de la Ley 581 de 2000.