Micelio

Artículo 1

Decreto 328 de 1952 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos, alimentación y gastos varios de la Escuela Artesanal de Florencia (Caquetá)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Artesanal de Florencia, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el presupuesto nacional vigente, así:

a)

Capitulo 85, artículo 1041.

Para sueldos en 12 meses, enero a diciembre:

b)

capítulo 85, art. 1042.

Para alimentación en 10 veces, febrero a noviembre:

Para alimentación en diciembre:

Gastos varios en 12 meses, en enero a diciembre:

Parágrafo

Las partidas señaladas en el presente decreto será giras al secretario habilitado almacenista del escuela.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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