Micelio

Artículo 6

Ley 88 de 1927 · Sobre pesca de perlas en los mares de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los indígenas buzos de cabeza podrán pescara libremente, pero sujetos a la reglamentación y a la vigilancia que determine el Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 88 de 1927