Micelio

Artículo 8

Decreto 1091 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Fondo Nacional de Ahorro

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Constituyen recursos del Fondo:

a. El capital inicial de que trata el artículo anterior,

b. Las cesantías de los empleados públicos y trabajadores oficiales que se consignen en el Fondo de acuerdo con las disposiciones de la ley;

c. El rendimiento de las inversiones que se hagan con los recursos del mismo;

d. Los ahorros voluntarios de los empleados y trabajadores que sean beneficiarios del Fondo;

e. Los aportes de la Nación, de otras entidades de derecho público y de particulares;

f, El producto de los recursos financieros internos y externos que el Fondo obtenga para el cumplimiento de los fines que le son propios, y

g. Los intereses que perciba a cualquier título.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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