Micelio

Artículo 11

Decreto 2061 de 1996 · por el cual se reglamentan las telecomunicaciones del servicio móvil marítimo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es deber del Estado, a través de la Dirección General Marítima DIMAR y la Dirección General de Transporte Fluvial dirigir, coordinar y controlar las actividades y operaciones marítimas y fluviales. En desarrollo de esta obligación utilizara el espectro radioeléctrico para proteger y garantizar la seguridad de la vida humana, y prestar asistencia en caso de emergencia en concordancia con los convenios internacionales. CAPITULO III. Bandas de frecuencias

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2061 de 1996