La decisión mediante la cual se formulen cargos al investigado deberá contener:
La descripción y determinación de la conducta investigada, con indicación de las circunstancias de tiempo, modo y lu¬gar en que se realizó.
Las normas presuntamente violadas.
La identificación del autor o autores de la falta.
El análisis de las pruebas que fundamentan cada uno de los cargos formulados.
La exposición fundada de los criterios tenidos en cuenta para determinar la gravedad o levedad de la falta, de con¬formidad con lo señalado en el artículo 18 de la presente ley.
La forma de culpabilidad.
El análisis de los argumentos expuestos por los sujetos pro¬cesales.