Micelio

Artículo 11

Adjudicación Y Pago Del Subsidio

Decreto 1226 de 1997 · por el cual se reglamenta el otorgamiento del subsidio establecido en el artículo 94 de la Ley 160 de 1994.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adjudicación y pago del subsidio. Una vez el Incora reciba el listado definitivo de que trata el artículo 10 del presente decreto adjudicará el subsidio mediante comunicación al favorecido, a efectos de que dentro del mes siguiente a la fecha de dicha comunicación éste solicite el pago, con el lleno de los requisitos legales y fiscales correspondientes.

Parágrafo 1

El pago del subsidio se tramitará y surtirá a través de la Cooperativa que constituyan los beneficiarios de la reforma agraria favorecidos o a la cual éstos se afilien. Para este fin, el beneficiario deberá otorgar poder a la cooperativa para tramitar y recibir el pago respectivo del subsidio, y una vez recibido éste, se aplicará como aporte inicial, total o parcial, según el caso, del monto con el que debe contribuir el beneficiario por la afiliación a la cooperativa.

Parágrafo 2

Para efectos del cumplimiento del requisito establecido en el numeral 4 del artículo15 de la Ley 79 de 1988, el lncora expedirá la certificación en la que conste la adjudicación del subsidio al beneficiario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1226 de 1997