Micelio

Artículo 113

Ley 2179 de 2021 · Por la cual se crea la categoría de Patrulleros de Policía, se establecen normas relacionadas con el régimen especial de carrera del personal uniformado de la Policía Nacional, se fortalece la profesionalización para el servicio público de policía y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para efectos de la aplicación de la causal de retiro contenida en el numeral 12 del artículo 55 adiciónese el artículo 558 al Decreto ley 1791 de 2000, el cual quedará así:

ARTÍCULO 558. RETIRO POR DECISIÓN JUDICIAL O ADMINISTRATIVA. Cuando mediante decisión de autoridad judicial, se imponga la pérdida del empleo o cargo público, o la inhabilidad por autoridad administrativa para ejercer y desempeñar cargos públicos, -al personal de oficiales, miembros del nivel ejecutivo, suboficiales o agentes, será retirado del servicio activo de la Policía Nacional.

De igual forma procederá el retiro por esta causal, cuando el oficial, miembro del nivel ejecutivo, suboficial o agente de la Policía Nacional se acoja al principio de oportunidad dentro del proceso penal y éste sea concedido por la autoridad judicial competente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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